Art. 38
Article 38 — Visa V Trámites administrativos y/o judiciales
Artículo 38. Visa V Trámites administrativos y/o judiciales
Alcance: Para adelantar trámites de carácter administrativo o judicial ante entidades o autoridades en Colombia.
Requisitos específicos:
1. Los requisitos establecidos en el artículo 31 de la presente resolución;
2. Documento oficial que sustente el trámite que se encuentra realizando ante autoridad colombiana;
3. Póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente. enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país;
Vigencia: Hasta un (1) año.
Beneficiarios: Esta visa no permite solicitudes en calidad de beneficiario.
Restricciones: Con excepción de los casos en que se otorgue a extranjeros bajo subrogados penales o mecanismos sustitutivos de la pena, la visa V otorgada en esta calidad no permite trabajar en el territorio colombiano.
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