Art. 82
Article 82 — Obligaciones de las partes contratantes en el caso de la visa tipo M Trabajador
Artículo 82. Obligaciones de las partes contratantes en el caso de la visa tipo M Trabajador. Además de las obligaciones previstas en el artículo 16 de la presente resolución, el empleador o contratante del extranjero titular de la visa tipo M Trabajador está obligado a informar a la Autoridad de Visas de Inmigración mediante comunicación escrita, a través de los canales de atención al ciudadano, correo electrónico u oficina de correspondencia de Cancillería establecidos en la página web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores. cualquier cambio que se presente en materia de vinculación laboral, cargo o tipo de labor para las cuales se otorgó la visa.
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