Art. 41
Article 41 — Visa V Eventos
Artículo 41. Visa V Eventos
Alcance: Para asistir a convenciones y actividades empresariales, culturales o académicas como conferencista, expositor, participante, artista, deportista, jurado, concursante, organizador o personal logístico. No permite trabajar en el territorio colombiano. Los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, determinados mediante Resolución, estarán exentos del trámite de este tipo de visa siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días calendario y no reciba salario o sueldo en el país.
Requisitos específicos:
1. Los establecidos en el artículo 32 de la presente resolución.
Vigencia: Hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será de máximo ciento ochenta (180) días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en cada trescientos sesenta y cinco (365) días calendario desde la expedición de la visa.
Beneficiarios: Esta visa no permite solicitudes en calidad de beneficiario.
Parágrafo: Con el fin de fomentar el intercambio académico y la investigación, los portadores de pasaporte de países o territorios exentos de visa, que visiten Colombia como profesores invitados, conferencistas o investigadores, invitados por instituciones académicas o de investigación, estarán exentos del trámite de este tipo de visa, siempre que su permanencia en Colombia no exceda 180 días continuos o discontinuos en un periodo de 365 días y no reciba salario en el país
Annotations require a Professional plan.
View plans