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Código Penal

Delitos, penas y responsabilidad penal — referencia sustantiva.

Fuente oficialLey 599 de 2000 (Código Penal)

Art. 90 · Artículo 90 — Interrupción del término de prescripción de la sanción privativa de la libertad

Art. 90

Artículo 90 — Interrupción del término de prescripción de la sanción privativa de la libertad

Artículo 90.Interrupción del término de prescripción de la sanción privativa de la libertad. El término de prescripción de la sanción privativa de la libertad se interrumpirá cuando el sentenciado fuere aprehendido en virtud de la sentencia, o fuere puesto a disposición de la autoridad competente para el cumplimiento de la misma.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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