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Código Penal

Delitos, penas y responsabilidad penal — referencia sustantiva.

Fuente oficialLey 599 de 2000 (Código Penal)

Art. 121 · Artículo 121 — Circunstancias de agravación punitiva por lesiones culposas

Art. 121

Artículo 121 — Circunstancias de agravación punitiva por lesiones culposas

Artículo 121.Circunstancias de agravación punitiva por lesiones culposas. Las circunstancias de agravación previstas en el Artículo 110, lo serán también de las lesiones culposas y las penas previstas para este delito se aumentarán en la proporción indicada en ese artículo.

JURISPRUDENCIA [Mostrar]

CAPITULO CUARTO

DEL ABORTO

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