Skip to content

11:52 p. m.

USD/COP 3.249

EUR/COP 3.715

LuqueLaw
Todas las normas
CivilCódigo

Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 891 · Artículo 891 — El predio inferior está sujeto a recibir las aguas que descienden del predio superior naturalment…

Art. 891

Artículo 891 — El predio inferior está sujeto a recibir las aguas que descienden del predio superior naturalment…

Artículo 891. El predio inferior está sujeto a recibir las aguas que descienden del predio superior naturalmente, es decir, sin que la mano del hombre contribuya a ello.

No se puede, por consiguiente, dirigir un albañal o acequia sobre el predio vecino, si no se ha constituido esta servidumbre especial.

En el predio servil no se puede hacer cosa alguna que estorbe la servidumbre natural, ni (sic) el predio dominante, que la grave.

Las anotaciones requieren plan Profesional.

Ver planes

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

Artículo 891 — El predio inferior está sujeto a recibir las aguas que descienden del predio superior naturalment… · Código Civil · Luque Law