Skip to content

9:24 a. m.

USD/COP 3.257

EUR/COP 3.724

LuqueLaw
Todas las normas
PenalCódigo

Código Penal

Delitos, penas y responsabilidad penal — referencia sustantiva.

Fuente oficialLey 599 de 2000 (Código Penal)

Art. 428 · Artículo 428 — Abuso de función pública

Art. 428

Artículo 428 — Abuso de función pública

Artículo 428. Abuso de función pública. El servidor público que abusando de su cargo realice funciones públicas diversas de las que legalmente le correspondan, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses.

NOTA: penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004 (vigencia a partir del 1° de enero de 2005)

TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]

CAPITULO DECIMO

DE LOS DELITOS CONTRA LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Las anotaciones requieren plan Profesional.

Ver planes

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

Artículo 428 — Abuso de función pública · Código Penal · Luque Law