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MigratorioResolución

Resolución 5477 de 2022 (Visas)

Reglamentación de visas colombianas — referencia para categorías M, V, R y trámites migratorios.

Fuente oficialResolución 5477 de 2022 — Cancillería

Art. 20 · Artículo 20 — Vigencia exigida de documentos

Art. 20

Artículo 20 — Vigencia exigida de documentos

Artículo 20. Vigencia exigida de documentos. Los documentos que se presenten como soporte para solicitud de visa, diferentes a pasaportes o documentos de viaje válidos y vigentes, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.

Parágrafo. La presentación de documentos ilegibles. alterados, incompletos. ambiguos o que puedan inducir a error, podrá ser causal de inadmisión o negación de la solicitud de visa

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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