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LuqueLaw
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ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 296 · Artículo 296 — Notificación mixta

Art. 296

Artículo 296 — Notificación mixta

Artículo 296. Notificación mixta. El auto admisorio de la demanda y el mandamiento ejecutivo se notificarán por estado al demandante antes de su notificación personal o por aviso al demandado.

Las anotaciones requieren plan Profesional.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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