Art. 1603
Artículo 1603 — Los contratos deben ejecutarse de buena fe, i por consiguiente obligan no solo a lo que en ellos …
Artículo 1603. Los contratos deben ejecutarse de buena fe, i por consiguiente obligan no solo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por lei pertenecen a ella.
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