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Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 1221 · Artículo 1221 — Si el asignatario fuere descendiente legítimo del testador, los descendientes legítimos del asign…

Art. 1221

Artículo 1221 — Si el asignatario fuere descendiente legítimo del testador, los descendientes legítimos del asign…

Artículo 1221. Si el asignatario fuere descendiente legítimo del testador, los descendientes legítimos del asignatario no por eso se entenderán sustituidos a éste; salvo que el testador haya espresado voluntad contraria.

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