Art. 1221
Artículo 1221 — Si el asignatario fuere descendiente legítimo del testador, los descendientes legítimos del asign…
Artículo 1221. Si el asignatario fuere descendiente legítimo del testador, los descendientes legítimos del asignatario no por eso se entenderán sustituidos a éste; salvo que el testador haya espresado voluntad contraria.
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