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Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 1149 · Artículo 1149 — Para que la cosa asignada modalmente se adquiera, no es necesario prestar fianza o caucion de res…

Art. 1149

Artículo 1149 — Para que la cosa asignada modalmente se adquiera, no es necesario prestar fianza o caucion de res…

Artículo 1149. Para que la cosa asignada modalmente se adquiera, no es necesario prestar fianza o caucion de restitución para el caso de no cumplirse el modo.

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