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Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 1059 · Artículo 1059 — El testamento es un acto de una sola persona

Art. 1059

Artículo 1059 — El testamento es un acto de una sola persona

Artículo 1059. El testamento es un acto de una sola persona.

Serán nulas todas las disposiciones contenidas en el testamento otorgado por dos o mas personas a un tiempo, ya sean en beneficio recíproco de los otorgantes, o de una tercera persona.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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