Art. 943
Artículo 943 — Si el predio dominante pertenece a muchos proindiviso, el goce de uno de ellos interrumpe la pres…
Artículo 943. Si el predio dominante pertenece a muchos proindiviso, el goce de uno de ellos interrumpe la prescripción respecto de todos; i si contra uno de ellos no puede correr la prescripción, no puede correr contra ninguno.
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