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Código Civil

Código civil colombiano — obligaciones, contratos, bienes, sucesiones y familia.

Fuente oficialDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 2331 · Artículo 2331 — Cada uno de los que poseen en común un terreno a propósito para la cría o manutención solamente d…

Art. 2331

Artículo 2331 — Cada uno de los que poseen en común un terreno a propósito para la cría o manutención solamente d…

Artículo 2331. Cada uno de los que poseen en común un terreno a propósito para la cría o manutención solamente de bestias, puede mantener en él un número de animales proporcional a la cuota de su derecho.

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