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V · Artículo 34
Visa V Turismo
Exclusivamente para ocio, turismo o interés cultural. Útil cuando la exención de corta estancia no cubre la permanencia planeada.
¿Para quién?
Visitantes cuya nacionalidad exige visa de turismo, o nacionales exentos que necesitan una permanencia documentada más larga.
Checklist de solicitud
Vigencia / permanencia
Sujeto a autorización de Cancillería; los días de turismo bajo permiso se contabilizan aparte de la permanencia con visa.
Permiso de trabajo
No por defecto
Beneficiarios
Según las reglas de la categoría — verifique antes de una radicación familiar.
Informativo — no constituye asesoría. Cancillería tiene facultad discrecional sobre cada solicitud. Verifique el listado vigente de nacionalidades y el texto oficial antes de radicar.