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ConstitucionalConstitución

Constitución Política de Colombia de 1991

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Fuente oficialConstitución Política de Colombia (1991)

Art. 275 · Artículo 275 — El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público

Art. 275

Artículo 275 — El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público

Artículo 275. El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público.

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Artículo 275 — El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público · Constitución Política de Colombia de 1991 · Luque Law