Skip to content

10:07 a. m.

USD/COP 3.257

EUR/COP 3.724

LuqueLaw
Todas las normas
ConstitucionalConstitución

Constitución Política de Colombia de 1991

Texto constitucional de referencia — navegación por títulos, capítulos y artículos.

Fuente oficialConstitución Política de Colombia (1991)

Art. 69 · Artículo 69 — Se garantiza la autonomía universitaria

Art. 69

Artículo 69 — Se garantiza la autonomía universitaria

Artículo 69. Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.

La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado.

El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo.

El Estado facilitara mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior.

Las anotaciones requieren plan Profesional.

Ver planes

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

Artículo 69 — Se garantiza la autonomía universitaria · Constitución Política de Colombia de 1991 · Luque Law