Art. 46
Artículo 46 — El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las persona…
Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.
El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.
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