Art. 37
Artículo 37 — AJUSTE DE LOS VALORES
ARTÍCULO 37. AJUSTE DE LOS VALORES. Los valores a los que se refiere la presente Resolución están sujetos al monto y ajuste anual del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente en Colombia. Los cambios en los valores en el sistema de información misional PLATINUM los hará la Oficina de Tecnología de la Información el primero (1) de enero de cada año.
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