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AdministrativoCódigo

CPACA

Ley 1437 de 2011 — actos administrativos, procedimiento y contencioso administrativo.

Fuente oficialLey 1437 de 2011 (CPACA)

Art. 196 · Artículo 196 — Notificación de las providencias

Art. 196

Artículo 196 — Notificación de las providencias

Artículo 196.Notificación de las providencias. Las providencias se notificarán a las partes y demás interesados con las formalidades prescritas en este Código y en lo no previsto, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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