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AdministrativoCódigo

CPACA

Ley 1437 de 2011 — actos administrativos, procedimiento y contencioso administrativo.

Fuente oficialLey 1437 de 2011 (CPACA)

Art. 160 · Artículo 160 — Derecho de postulación

Art. 160

Artículo 160 — Derecho de postulación

Artículo 160.Derecho de postulación. Quienes comparezcan al proceso deberán hacerlo por conducto de abogado inscrito, excepto en los casos en que la ley permita su intervención directa.

Los abogados vinculados a las entidades públicas pueden representarlas en los procesos contenciosos administrativos mediante poder otorgado en la forma ordinaria, o mediante delegación general o particular efectuada en acto administrativo.

CAPÍTULO II

Requisitos de Procedibilidad

CAPÍTULO III

Requisitos de la Demanda

Las anotaciones requieren plan Profesional.

Ver planes

Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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