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Colombian Civil Code — obligations, contracts, property, succession, and family.

Official sourceDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 956 · Article 956 — La acción de dominio no se dirige contra un heredero sino por la parte que posea en la cosa; pero…

Art. 956

Article 956 — La acción de dominio no se dirige contra un heredero sino por la parte que posea en la cosa; pero…

Artículo 956. La acción de dominio no se dirige contra un heredero sino por la parte que posea en la cosa; pero las prestaciones a que estaba obligado el poseedor por razón de los frutos o de los deterioros que le eran imputables, pasan a los herederos de éste, a prorrata de sus cuotas hereditarias.

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