Art. 28
Article 28 — MONTO DE LA SANCIÓN Y EJECUTORIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
ARTÍCULO 28. MONTO DE LA SANCIÓN Y EJECUTORIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. Los actos administrativos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia que impongan sanciones económicas, deberán expresar los valores a pagar en Unidad de Valor Tributario (UVT), enunciadas en letras y números.
Teniendo en cuenta que los actos administrativos por regla general solo son ejecutables o se hacen efectivos a partir del momento en que quedan en firme, el monto de la sanción corresponderá al valor del salario mínimo mensual legal vigente al momento en el que sea impuesta la sanción.
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