Art. 20
Article 20 — Para imponer o no la sanción, el funcionario competente deberá ajustarse en todo momento a las re…
ARTÍCULO 20. Para imponer o no la sanción, el funcionario competente deberá ajustarse en todo momento a las reglas de la lógica, a las máximas de la experiencia y a los conocimientos técnicos del ejercicio migratorio, lo cual deberá quedar plasmado en el razonamiento probatorio empleado en el texto de la Resolución, como forma de controlar su racionalidad y coherencia en la dosificación sancionatoria.
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