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Resolution 2061 of 2020 (Extranjería Procedures)

Migración Colombia unified procedure resolution — foreigner registration, cédula de extranjería, PTP/extensions, safe-conducts, and CMM.

Official sourceResolución 2061 de 2020 — Migración Colombia

Art. 50 · Article 50 — Vigencia

Art. 50

Article 50 — Vigencia

Artículo 50. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 1° de septiembre de 2020.

El Director General,

Juan Francisco Espinosa Palacios.

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[1] “Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.11.4.4 y 2.2.1.11.4.7 de la sección 4 del Capítulo II Título I Parte 2 Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015”.

[2] Resolución 3167 del 2019. “por la cual se establecen criterios para el ingreso, permanencia y salida de nacionales y extranjeros del territorio colombiano; además, los mecanismos y normas aplicables en el proceso del control migratorio”.

[3] Decreto número 4062 de 2011. Funciones. Son funciones de Migración Colombia, las siguientes:

[…]

Expedir los documentos relacionados con cédulas de extranjería, salvoconductos y prórrogas de permanencia y salida del país, certificado de movimientos migratorios, permiso de ingreso, registro de extranjeros y los demás trámites y documentos relacionados con migración y extranjería que sean asignados a la entidad, dentro de la política que para tal efecto establezca el Gobierno Nacional. [...]”.

El subrayado es propio.

[4] Decreto 1016 del 14 de julio del 2020, “por medio del cual se modifican los artículos 2.2.1.11.4.9. y 2.2.3.1.4.1. del Decreto 1067 del 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores”. Artículo 1º. Salvoconducto (SC).

[5] Inciso 6° del artículo 2.2.1.11.4.4. Cédula de Extranjería del Decreto 1067 de 2015, modificado parcialmente por el Decreto 244 de 2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

[6] Por el cual se reglamenta el Decreto 1772 de 2015 “por medio del cual se establecen disposiciones excepcionales para garantizar la reunificación familiar de los nacionales colombianos deportados, expulsados o retornados como consecuencia de la declaratoria del Estado de Excepción efectuada en la República Bolivariana de Venezuela”.

[7] Decreto 019 de 2012, artículo 25.

[8] Decreto 1067 de 2015, artículo 2.2.1.11.7.22.

[9] Niño, Niña y Adolescente.

[10] Dicho Representante Legal deberá demostrar que ostenta dicha calidad, presentando la documentación emitida por la autoridad competente.

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