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Decreto 624 de 1989. Impuestos administrados por la DIAN: renta, IVA, retención, procedimiento. Texto oficial compilado por Función Pública.

Fuente oficialDecreto 624 de 1989

Art. 364

Art. 364

ARTÍCULO 364. LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO ESTÁN OBLIGADAS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD REGISTRADOS. Las entidades sin ánimo de lucro, deberán llevar libros de contabilidad, en la forma que indique el Gobierno Nacional.

( Reglamentado por el Decreto Nacional 2707 de 2008 )

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