Skip to content

9:39 AM

USD/COP 3,257

EUR/COP 3,724

LuqueLaw
All norms
AdministrativeCode

Administrative Procedure and Administrative Litigation Code (CPACA)

Law 1437 of 2011 — administrative acts, procedure, and administrative litigation.

Official sourceLey 1437 de 2011 (CPACA)

Art. 177 · Article 177 — Reconvención

Art. 177

Article 177 — Reconvención

Artículo 177.Reconvención. Dentro del término de traslado de la admisión de la demanda o de su reforma, el demandado podrá proponer la de reconvención contra uno o varios de los demandantes, siempre que sea de competencia del mismo juez y no esté sometida a trámite especial. Sin embargo, se podrá reconvenir sin consideración a la cuantía y al factor territorial.

Vencido el término del traslado de la demanda inicial a todos los demandados, se correrá traslado de la admisión de la demanda de reconvención al demandante por el mismo término de la inicial, mediante notificación por estado.

En lo sucesivo ambas demandas se sustanciarán conjuntamente y se decidirán en la misma sentencia.

Annotations require a Professional plan.

View plans

For reference only. Colombian law changes; confirm the current official text before acting.

Article 177 — Reconvención · Administrative Procedure and Administrative Litigation Code (CPACA) · Luque Law