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LuqueLaw
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LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 157 · Artículo 157 — CLASIFICACION

Art. 157

Artículo 157 — CLASIFICACION

ARTICULO 157. CLASIFICACION. Los salarios pertenecen al grupo cuarto de los créditos de primera clase.

TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

TITULO VI.

JORNADA DE TRABAJO.

CAPITULO I.

DEFINICIONES.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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