Skip to content

10:05 AM

USD/COP 3,257

EUR/COP 3,724

LuqueLaw
All norms
LaborCode

Substantive Labor Code

Individual and collective labor relations — contract, hours, termination, social security.

Official sourceDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 321 · Article 321 — MEDIDAS PROFILACTICAS

Art. 321

Article 321 — MEDIDAS PROFILACTICAS

ARTICULO 321. MEDIDAS PROFILACTICAS.

1. Las empresas, por conducto de los médicos y demás personal sanitario, pondrán en práctica las medidas profilácticas ordenadas por el Ministerio del Trabajo, Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial, <hoy división de Medicina del trabajo> para combatir el paludismo, anemia tropical, disentería, pian y demás endemias tropicales, y las enfermedades llamadas sociales, y para evitar por los medios científicos modernos la viruela, la fiebre amarilla, la difteria, la fiebre tifoidea, y demás enfermedades evitables por la vacunación.

2. Con el fin de evitar que ingresen a trabajar individuos que padezcan enfermedades infecto-contagiosas, se practicará por cuenta de la compañía un examen médico, clínico y de laboratorio, a todo el personal que haya de ser contratado. El estado de salud del trabajador, al tiempo del examen de admisión, se hará constar en formulario especial, y una copia de tal constancia se dará al trabajador y otra se enviará al Ministerio mencionado.

Annotations require a Professional plan.

View plans

For reference only. Colombian law changes; confirm the current official text before acting.

Article 321 — MEDIDAS PROFILACTICAS · Substantive Labor Code · Luque Law