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LuqueLaw
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LaboralCódigo

Código Sustantivo del Trabajo

Relaciones laborales individuales y colectivas — contrato, jornada, terminación, seguridad social.

Fuente oficialDecreto 2663 de 1950 (CST)

Art. 368 · Artículo 368 — PRESENTACION DEL 'DIARIO OFICIAL'

Art. 368

Artículo 368 — PRESENTACION DEL 'DIARIO OFICIAL'

ARTICULO 368. PRESENTACION DEL 'DIARIO OFICIAL'. Es obligación de todo sindicato, tan pronto como sea publicada la resolución que le reconoce su personería jurídica, remitir al Departamento Nacional de Supervigilancia Sindical un ejemplar del Diario Oficial en que aparezca la publicación correspondiente.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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