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LuqueLaw
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ProcesalCódigo

Código General del Proceso

Normas procesales generales — demanda, prueba, recursos y ejecución.

Fuente oficialLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 370 · Artículo 370 — Pruebas adicionales del demandante

Art. 370

Artículo 370 — Pruebas adicionales del demandante

Artículo 370. Pruebas adicionales del demandante. Si el demandado propone excepciones de mérito, de ellas se correrá traslado al demandante por cinco (5) días en la forma prevista en el artículo 110, para que este pida pruebas sobre los hechos en que ellas se fundan.

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Solo referencia. La ley colombiana cambia; confirma el texto oficial vigente antes de actuar.

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