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LuqueLaw
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General Code of Procedure

General procedural rules — claims, evidence, appeals, and enforcement.

Official sourceLey 1564 de 2012 (CGP)

Art. 506 · Article 506 — Beneficio de separación

Art. 506

Article 506 — Beneficio de separación

Artículo 506. Beneficio de separación. Mientras en el proceso no se haya decretado la partición o aprobado la adjudicación, los acreedores hereditarios y testamentarios podrán pedir que se les reconozca el beneficio de separación.

El juez concederá el beneficio si fuere procedente conforme al Código Civil, siempre que a la petición se acompañe documento en que conste el crédito, aunque este no sea exigible, y que se indiquen los bienes que comprenda. Esta solicitud se tramitará como incidente, y el auto que lo decida solo admite reposición.

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