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Colombian Civil Code — obligations, contracts, property, succession, and family.

Official sourceDecreto 410 de 1971 (Código Civil)

Art. 1298 · Article 1298 — La aceptación de una herencia puede ser espresa o tácita

Art. 1298

Article 1298 — La aceptación de una herencia puede ser espresa o tácita

Artículo 1298. La aceptación de una herencia puede ser espresa o tácita.

Es espresa cuando se toma el título de heredero; i es tácita cuando el heredero ejecuta un acto que supone necesariamente su intención de aceptar, i que no hubiera tenido derecho de ejecutar sino en su calidad de heredero.

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